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8 ventajas al contratar tus seguros a través de un Corredor y/o Correduría

1. TOTAL INDEPENDENCIA. Un Corredor y/o Correduría de Seguros mantiene su total independencia e imparcialidad a la hora de seleccionar las mejores condiciones para las reales  necesidades de su Cliente. Consiguiendo una adecuada cobertura, dado que pueden ofrecer a sus Clientes productos y coberturas de cualquier Entidad Aseguradora. El Cliente del Corredor de seguros, de esta forma se asegura el libre acceso a los mejores productos y condiciones existentes en el mercado, dada la gestión diaria de negociación  y diseño de producto que llevan a cabo con las Aseguradoras.

2. SEGURIDAD. Los Corredores y/o Corredurías de Seguros, están inscritos en el Registro Administrativo Especial de Mediadores de  Seguros de la DGSFP (Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones) y están sometidos constantemente y permanentemente  a surpervisión, control e inspección, debiendo ANUALMENTE informar de su actividad y resultados obtenidos.

3. ASESORAMIENTO PERSONALIZADO Y OBJETIVO.Un rasgo exclusivo y único de los Corredores de Seguros es el Análisis Objetivo. Antes de llevar a cabo la contratación de un seguro, un Corredor de Seguros realizará para su Cliente, un estudio y análisis que motive las opciones de seguro seleccionadas en función de su buen criterio profesional. El cliente tiene la completa seguridad de que su Corredor va a analizar siempre un mínimo de Aseguradoras, productos y condiciones, previo a la presentación de aquella oferta que mejor se adapte a sus necesidades.

4. REPRESENTAR AL CLIENTE FRENTE A LA ASEGURADORA. Otra de las funciones básicas del Corredor y/o Correduría de Seguros, es el fundamental papel de representación y defensa de los intereses de sus Clientes frente a las aseguradoras. La ley le otorga esta facultad con plena capacidad de negociación con las compañías en nombre y representación de sus Clientes en todo lo relacionado con sus contratos de seguros.

5. CAPACIDAD FINANCIERA. Los Corredores y/o Corredurías de Seguros disponen de capacidad financiera, garantizada mediante un aval bancario y/o seguro de caución.

6. RESPONSABILIDAD CIVIL PROFESIONAL.  Los Corredores y/o Corredurías de Seguro, disponen por Ley de Mediación de Seguros Privados, un Seguro de Responsabilidad  Civil Profesional como de al menos 1.800.000.-€ como garantía final, en caso de negligencia profesional.

7. CONOCIMIENTOS, APTITUDES Y EXPERIENCIA. Los Corredores y/o Corredurías de Seguros, disponen de suficientes conocimientos, aptitudes y experiencia para el correcto desarrollo de su trabajo, dada su previa y obligada formación en materia financiera, aseguradora y legislativa.

8. GESTIÓN EFICAZ, SERVICIO POST-VENTA Y DEFENSOR DEL CLIENTE. El Corredor de Seguros asistirá permanente a su Cliente a lo largo de toda la vida de los Contratos de Seguros, controlando su ejecución y revisando constantemente que sigan adaptados a  las necesidades del Cliente y vigilando el correcto cumplimiento por parte de las Compañías de Seguros e informando de todas y cada una de las novedades legislativas que pudieran surgir y que fueran de obligado cumplimiento. Del mismo modo, los Corredores de Seguros ayudarán a sus Clientes en las gestiones para la acertada tramitación de los siniestros con las Compañías de Seguros. Además disponen de un departamento o servicio de atención al Cliente y/o de un defensor del asegurado para atender y resolver las quejas o reclamaciones que sus clientes pudieran presentarles.

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