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Seguros de vida colectivos, una fuente de ventajas para empresas y trabajadores

Una póliza para varios beneficiarios. Un mismo paraguas. Todos juntos. A eso se puede reducir la definición de un seguro de vida colectivo. Pero no tenemos por qué quedarnos ahí. ¿Quién lo contrata?, ¿a quién afecta?, ¿cuáles son las principales ventajas?, ¿y sus limitaciones? Aquí despejaremos estos interrogantes.

Seguro de vida colectivo: definición

Estos productos cubren de forma individual a un conjunto de beneficiarios, aunque todo permanece agrupado en una misma póliza. No es necesario hacer una contratación uno a uno.
Ese “conjunto de beneficiarios” tiene algo en común: los individuos forman parte de una institución pública, un colegio profesional, un sindicato o una empresa (tanto pyme como gran compañía). Son, en definitiva, productos ventajosos principalmente para estos últimos.

El colectivo puede venir especificado en la póliza de forma nominal, una modalidad reservada a conjuntos más pequeños. Otra alternativa es el seguro innominado, mediante el que se incluye a los beneficiarios describiendo simplemente su profesión y/o actividad.
Además de vida, los seguros colectivos pueden ser también de accidentes personales o de gastos médicos, aunque en este caso nos centraremos en los primeros.

Diferencias con los seguros individuales y principales coberturas

Los seguros de vida colectivos son la suma de muchos seguros individuales. La diferencia es que al agruparlos se pueden conseguir importantes ahorros respecto a su contratación por separado. El descuento respecto a un seguro individual puede llegar a ser del 20%, aunque todo depende de las coberturas, de las características de los asegurados y de la actividad que realizan.
Como se ha visto, una empresa puede contratar para sus trabajadores un seguro de vida con el que se dan diferentes coberturas en caso de accidente, enfermedad o invalidez y se ofrece protección a la familia en caso de fallecimiento.
Esas coberturas se desarrollan en general de la siguiente manera:
  • Incapacidad permanente y absoluta. Por causa de un accidente o por enfermedad, el asegurado puede quedar incapacitado para continuar trabajando de forma permanente. En este caso, se adelanta el pago del capital contratado al beneficiario.
  • Incapacidad total. En este caso el asegurado, por accidente o enfermedad, queda en una situación que le impide de forma irreversible volver a trabajar. En esta situación también se adelanta el pago del capital contratado.
  • Pagos incrementados. En ciertos supuestos, como fallecimiento o incapacidad por accidente a consecuencia de la circulación o de alguna acción repentina y violenta, se asegura el pago de una cantidad superior al capital asegurado.

Ventajas y límites

Los principales límites de un seguro de vida colectivo, como ocurre con los individuales, tienen que ver con la edad del beneficiario. De esta manera, se puede impedir la contratación dirigida a personas que superen los 65 o los 70 años. Además, algunas coberturas como el fallecimiento o incapacidad por infarto, insuficiencia renal, trasplante de órganos vitales o cáncer, tienen un límite que puede estar fijado en los 60 años.


Por otro lado, los seguros de vida colectivos conllevan una serie de ventajas tanto para los beneficiarios –como los trabajadores de una empresa– como para los contratantes. La primera de estas ya se ha comentado: el ahorro derivado de la cobertura de varios individuos. Pero hay más:
  • Se evitan los exámenes médicos. Los riesgos se calculan a partir de las respuestas que dan los asegurados en un cuestionario. Evidentemente, se debe ser sincero, ya que si se tiene que activar alguna cobertura y se descubre que se ha ocultado información, se puede entender que hay mala fe y, por tanto, se anulan los beneficios.
  • No se tiene en cuenta la edad, exceptuando los límites. Normalmente, un asegurado del colectivo que sea más mayor (sin que haya superado los límites comentados) pagaría más si contratara un seguro individual. Sin embargo, el hecho de que tenga una edad superior a la media no se penaliza en los seguros colectivos.
  • Coberturas extras. Los seguros colectivos, a diferencia de los individuales, pueden tener cobertura de decesos, que incluye gastos de funeral y sepelio.
  • Ventajas fiscales. Las empresas pueden deducirse el gasto de los seguros en el impuesto de sociedades de forma íntegra.
  • Es un reclamo para los futuros trabajadores. Aquellas empresas que cuentan con estas pólizas ofrecen un incentivo a potenciales trabajadores, de manera que tienen más papeletas para atraer talento. Se trata de una forma de salario en especie que tiene sus ventajas.

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